Derechos del Asegurado

Dando cumplimiento a lo que señala la Ley de Seguros y de Fianzas hacemos de su conocimiento que:

La contraprestación por asesoría en la intermediación de Seguros y/o Fianzas, está contemplada en la comisión pactada con las Instituciones de Seguros y/o Fianzas correspondientes, no debemos aceptar contraprestaciones adicionales. Solamente en caso de requerir cualquier otro servicio de asesoría, diferente al anterior, éste generaría un cargo por honorarios adicional.

Entregamos solamente recibos oficiales de las Instituciones de Seguros y/o Fianzas con las que intermediamos sus productos a cambio de los pagos de la prima correspondiente. Por ningún motivo entregamos recibos provisionales al contratar un Seguro y/o coberturas dentro del mismo.

Le pediremos siempre que verifique que sus datos personales y las coberturas concuerden con la oferta que le hicimos y debemos presentarla en los documentos oficiales de las Instituciones de Seguros y/o Fianzas que intermediamos, los cuales están avalados por las autoridades correspondientes.

Al ser agentes de seguros persona física, no tenemos facultades para aceptar riesgos y suscribir o modificar pólizas directamente, estas acciones las realizaremos siempre a través de las Instituciones de Seguros y/o Fianzas que representamos.

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